Uso del polígrafo en el ámbito laboral: cuándo está permitido y bajo qué condiciones
Tabla de contenidos
- Propósito y alcance
- EPPA 1988, en claro: lo que prohíbe, lo que permite y a quién aplica
- ¿Quién está exento? Seguridad privada, transporte blindado y farmacéuticas (y sector público)
- Investigaciones por pérdida económica: cuándo y cómo se puede examinar a un empleado
- Derechos del trabajador antes, durante y después del examen (lo negociable y lo intocable)
- Limitaciones estrictas del examen: temario permitido, preguntas prohibidas, tiempos y trato
- ¿Cómo “desplegar” una política de polígrafo cumpliendo la EPPA? (SOP paso a paso)
- Plantillas prácticas: aviso EPPA, declaración de sospecha razonable y consentimiento informado
- Resultados: qué puede y qué no puede hacer el empleador con un “positivo”, “negativo” o “inconcluso”
- Exactitud, falsos positivos e inconclusos: cómo gestionarlos sin vulnerar derechos
- ¿Me pueden despedir por fallar el polígrafo? Medidas disciplinarias y el requisito de “evidencia adicional”
- Qué hacer si sospechas una violación de la EPPA (DOL, plazos, remedios y sanciones)
- Panorama estatal: variaciones frecuentes y cautelas multi-jurisdicción
- Conclusión
1) Propósito y alcance
Este artículo explica cuándo puede usarse un polígrafo en el ámbito laboral privado en EE. UU., bajo qué condiciones, qué excepciones existen y cómo implementar un procedimiento legal, proporcional y ético. No es asesoría legal; sirve para elevar el estándar de cumplimiento y defendibilidad.
2) EPPA 1988, en claro: lo que prohíbe, lo que permite y a quién aplica
La Employee Polygraph Protection Act (EPPA, 1988) establece que la gran mayoría de empleadores privados:
- No pueden exigir, solicitar o sugerir un polígrafo como condición de empleo o continuidad.
- No pueden tomar medidas adversas (despido, sanción, negación de promoción) por negarse a someterse a un polígrafo o por el resultado del mismo.
- Deben exhibir el aviso EPPA en lugar visible y documentar cualquier uso permitido.
A quién NO cubre EPPA (ejemplos): entidades del sector público (federal, estatal, local) y determinadas exenciones sectoriales privadas (ver §3).

3) ¿Quién está exento? Seguridad, blindados y farmacéuticas (y sector público)
EPPA contempla exenciones limitadas para empleadores privados que, por la naturaleza del riesgo, pueden usar polígrafos en pre-empleo y empleo bajo condiciones estrictas, como:
- Servicios de seguridad: compañías de guardias, escoltas, alarmas, vigilancia y transporte blindado/valores.
- Fabricación, distribución o dispensación de productos farmacéuticos (incluidos controlados).
Además, agencias públicas (policía, correccionales, seguridad nacional, etc.) no están sujetas a EPPA en la misma medida.
Clave: Exención no significa “carta blanca”. Siguen aplicando derechos del examinado, límites de preguntas, voluntariedad y uso proporcional.
4) Investigaciones por pérdida económica: cuándo y cómo se puede examinar a un empleado
Incluso para empleadores no exentos, EPPA permite el polígrafo en investigaciones en curso por pérdida económica o daño específico (p. ej., robo, malversación, sabotaje), solo si se cumplen todos estos requisitos:
- Incidente concreto: fecha, hora, lugar, monto/daño identificables.
- Acceso: el empleado tuvo acceso razonable a bienes/infos relacionados con la pérdida.
- Sospecha razonable individualizada: fundamento objetivo (no “barrida” masiva).
- Declaración escrita previa del empleador al trabajador que describa el incidente, la base de sospecha y su acceso (firmada por un responsable).
- Voluntariedad: el trabajador puede negarse sin represalia per se.
- Examinador cualificado e independiente, con pre-test, test y post-test estandarizados.
Prohibido: “random testing” a empleados en activo fuera de los supuestos anteriores (salvo exentos sectoriales).

5) Derechos del trabajador (lo negociable y lo intocable)
- Aviso EPPA y explicación clara de finalidad, alcance, uso de resultados y derecho a negarse.
- Conocimiento previo de las preguntas (formuladas en lenguaje literal y verificable).
- Trato digno: sin coacción, amenazas, intimidación o trato degradante.
- Interrupción: puede detener el examen en cualquier momento.
- Acceso a ciertos registros del examen y a la conclusión emitida.
- Confidencialidad: resultados solo para quienes tengan necesidad legítima de conocerlos; límites estrictos de divulgación.
6) Limitaciones del examen: temario, preguntas prohibidas y trato
El examen debe centrarse en hechos operativos (tiempo-lugar-conducta) relacionados con el incidente o con la idoneidad del puesto exento. Quedan prohibidas preguntas sobre:
- Religión, raza, etnia, opinión política, orientación/vida sexual, afiliación a sindicatos o actividades lícitas en organizaciones laborales.
- Información no pertinente al objetivo declarado o que vulnere leyes de privacidad.
Trato y tiempos: nada de presiones, gritos o “aclaraciones” intimidantes; duración razonable; pausas si es necesario; pre-test para confirmar comprensión literal de cada pregunta.
7) Despliegue de una política de polígrafo cumpliendo EPPA (SOP)
Paso 1 — Legal & Gobernanza
- Confirmar base EPPA (exención sectorial o investigación por pérdida).
- Redactar política: finalidad, roles, confidencialidad, conservación de datos, vías de queja.
Paso 2 — Comunicación
- Exhibir aviso EPPA. Entregar FAQ al personal y, si procede, consentimiento y declaración de sospecha (investigaciones).
Paso 3 — Proveedor
- Examinador acreditado e independiente. Contrato con SLA de calidad, neutralidad y reporte trazable.
Paso 4 — Procedimiento
- Pre-test: explicar límites, recoger medicación declarada/condiciones, confirmar verbatim de preguntas.
- Test: intervalos regulares, mínima conversación, notas de evento; repetir series si hay artefactos; suspender si hay signos de intoxicación/coacción.
- Post-test: dictamen neutral (reacciones significativas / no significativas / inconcluso), sin juicios morales.
Paso 5 — Decisión
- Cualquier medida adversa requiere evidencia adicional independiente; el resultado por sí solo no basta (regla EPPA).
- Documentar proporcionalidad y permitir réplica al trabajador.
8) Plantillas prácticas (resumen)
- A) Aviso EPPA (extracto operativo)
Esta empresa cumple la EPPA. No se exige ni se sugiere el uso de polígrafos salvo en los supuestos permitidos por la ley. Usted puede negarse sin represalias per se. Si se le solicita un examen, recibirá información escrita con el hecho investigado, su base y sus derechos.
- B) Declaración de sospecha razonable (investigación)
- Incidente: ______ (fecha/hora/lugar/monto).
- Acceso del empleado: ______ (funciones, turnos, credenciales).
- Base objetiva de sospecha: ______ (hechos, no conjeturas).
- Finalidad del examen: ______.
- Firma responsable + fecha.
- C) Consentimiento informado (exento o investigación)
- Finalidad, alcance, uso de resultados, derecho a negarse, confidencialidad, contacto DOL/abogado.
(Adapte con asesoría legal local).
9) Resultados: qué puede y qué no puede hacer el empleador
| Resultado | Lo que sí puede hacer | Lo que no puede hacer |
| Significativo (indicios de reacción) | Profundizar con evidencia adicional (auditoría, CCTV, registros), medidas cautelares proporcionadas | Despedir/sancionar solo por el polígrafo, “lista negra”, humillar o divulgar a terceros |
| No significativo | Cerrar línea poligráfica; continuar con otras vías si hay base | Presionar para “repetir hasta que sea positivo” |
| Inconcluso | Considerar re-test bajo mejores condiciones o evidencia alternativa | Tratarlo como “positivo encubierto” |
10) Exactitud, falsos positivos e inconclusos
Los sistemas modernos proporcionan un marco útil cuando el examen está bien diseñado, pero no son infalibles. Existen inconclusos (calidad insuficiente/ruido) y casos con baja reactividad (p. ej., ansiedad rasgo muy alta o outliers). Por eso EPPA exige evidencia adicional para decisiones adversas.
11) ¿Me pueden despedir por fallar el polígrafo?
Bajo EPPA, no pueden despedirte solo por el resultado del polígrafo ni por negarte a realizarlo (salvo supuestos exentos/contractuales muy específicos). Para medidas disciplinarias, el empleador debe mostrar pruebas independientes que converjan con la conclusión del examen.
12) Si crees que violaron la EPPA: pasos y remedios
- Documenta: fechas, nombres, comunicaciones, copia del aviso EPPA (si existe).
- Contacta a la Wage and Hour Division (DOL) o a un abogado laboral.
- Presenta queja: el DOL puede imponer sanciones civiles (por violación) y ordenar cese de prácticas.
- Acción privada: puedes demandar (en general, dentro de los 3 años desde la violación) para salarios caídos, readmisión y costas.
(Montos sancionatorios y plazos pueden variar por actualización normativa; confirma con asesoría actualizada).
13) Panorama estatal: variaciones frecuentes
Además de EPPA, estados y ciudades pueden imponer restricciones adicionales (p. ej., prohibiciones más amplias o requisitos formales extra). En varios estados, incluso mencionar o solicitar un polígrafo fuera de supuestos lícitos puede acarrear sanciones. Si operas multi-estado, aplica la regla más estricta.
14) Conclusión
El polígrafo en el empleo privado es la excepción, no la regla. EPPA lo restringe severamente, reservándolo para investigaciones concretas o sectores exentos con riesgo elevado. Usarlo bien exige:
- Legalidad y proporcionalidad (no “cribas” masivas ni aleatorias).
- Excelencia técnica (preguntas claras, pre-test robusto, QA/QC y decisiones conservadoras).
- Ética y derechos (voluntariedad real, confidencialidad y cero represalias per se).
- Evidencia adicional para cualquier acción disciplinaria.
Hecho así, el polígrafo puede reducir incertidumbre en casos críticos sin vulnerar derechos. Hecho mal, abre la puerta a sanciones, litigios y daño reputacional. Si tienes dudas, prioriza la consulta legal y aplica siempre la norma más protectora para el trabajador.